El Sistema de Información de Subcontratación (SISUB) es una herramienta clave para patrones registrados ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Su misión es hacer cumplir con el artículo 29 Bis que está dirigido a personas físicas y morales, que brindan servicios especializados o realizan obras especializadas, y para que envíen su información cuatrimestral al Infonavit.
¿Quiénes deben hacer uso de este servicio?
Todos los patrones que hayan obtenido su Registro de Prestadoras de Servicios Especializada u Obras Especializadas (REPSE) ante la STPS están invitados a sumarse. ¡Es hora de poner al día tu declaración y garantizar el bienestar de tus trabajadores!
Fechas importantes para recordar
Para evitar complicaciones, la obligación de presentar la información ante el Infonavit sigue un calendario cuatrimestral:
- Enero a Abril (1er. cuatrimestre): Del 1 al 17 de mayo.
- Mayo a Agosto (2do. cuatrimestre): Del 1 al 17 de septiembre.
- Septiembre a Diciembre (3ro. cuatrimestre): Del 1 al 17 de enero del siguiente año.:
¡Ten en cuenta que las fechas de vencimiento pueden ajustarse según el Código Fiscal de la Federación!
¿Qué dice el artículo 29 Bis de la Ley del Infonavit?
Este artículo establece claramente las obligaciones que recaen sobre las personas físicas o morales que proporcionan servicios especializados o ejecutan obras especializadas, la información requerida abarca desde datos generales hasta la copia del registro emitido por la STPS.
Importancia del registro (REPSE)
El registro al que hace referencia el artículo 29 Bis es el ya mencionado, REPSE. Este registro es esencial para quienes desean ofrecer sus servicios a terceras personas, ya que asegura la disposición de trabajadores propios.
¿Qué información deben enviar los patrones?
La normativa exige a los sujetos obligados declarar datos conforme a la Ley del Infonavit, incluyendo detalles de contratos y trabajadores en el periodo. En ausencia de estos, deberán informar, bajo protesta de decir verdad, el número de registro obtenido de la STPS y la escritura constitutiva. En el caso de personas físicas, se requiere la constancia de situación fiscal emitida por el SAT.
La presentación de dichos documentos se realiza electrónicamente en el Portal Empresarial, utilizando formatos como “.pdf” y “.csv”, según el instructivo correspondiente.
Para más detalles, no dudes en visitar nuestro sitio o ponerte en contacto con nuestro equipo. ¡Estamos aquí para ayudarte a triunfar!